Cita previa Servicio Canario de Salud (SCS)

El Servicio Canario de la Salud (SCS), es aquel organismo con carácter autónomo administrativo que está netamente adscrito a la Consejería, el cual es competente en materia de Sanidad del Gobierno de Canarias, que fue creado por la Ley 11/1994 del 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, la cual organización y funcionamiento están regulados en el Decreto 32/1995.

El Servicio Canario de Salud constituye el Sistema Nacional de Salud español y está encargado, en Canarias, de toda y cada una de las provisiones públicas del servicio sanitario, asistencial y también preventivo y rehabilitador.

SCS Canarias

El Servicio Canario de Salud contaba en el año 2003, el cual es el último año del cual se tienen datos anotados, de aproximadamente 18.378 profesionales en su plantilla para así ofrecer asistencia sanitaria por medio de su red asistencial de atención primaria y atención especializada.

Cita previa SCS internet

Actualmente se puede solicitar la cita previa al Servicio Canario de Salud, por medio de la plataforma de internet sin muchos inconvenientes, http://www3.gobiernodecanarias.org/citasalud/ .

Cita previa SCS internet

Por medio de la sede electrónica, puedes realizar los trámites electrónicos de cada servicio y cada uno de los procedimientos de este departamento. Los servicios que prestamos se tienen que ir ampliando para así facilitar, la interacción con cada ciudadano, como también con el resto de las demás administraciones dentro del desarrollo de las funciones específicas del Área de Salud.

Cita previa SCS teléfono

El teléfono de cita previa del Servicio Canario de Salud es el 922 239 301 y el 928 219 030. En los dos casos el teléfono es gratuito. También hay otros teléfonos que pueden resultar de interés como ocurre en el caso del teléfono de atención al usuario del Servicio canario de salud general que se atiende al usuario desde la centralita 922 553 500. De la misma manera, tienes a tu disposición el teléfono de atención al usuario en Tenerife 922 553 500.

Cita previa SCS teléfono

En caso de necesitar hablar con la gerencia, el teléfono es el 922 553 505. Para hablar sobre admisiones marca al 922 553 500.

Además de todos estos teléfonos, tienes la opción de los correos electrónicos que están asociados a cada servicio, así como también a los faxes, pgutsan@gobiernocanarios.org .

Cita previa APP

La App Cita Previa del Servicio Canario de la Salud, te ofrece ya teniendo en disponibilidad el servicio de cita previa por medio de la app por donde los usuarios del SCS podrán entonces, tramitar directamente tal servicio desde cada uno de sus dispositivos móviles.

Cita previa APP

Descarga la app, directamente desde este enlace, http://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/contenidoGenerico.jsp?idDocument=ead912c3-9943-11e3-87a8-b75a262fb22d&idCarpeta=0428f5bb-8968-11dd-b7e9-158e12a49309#1 .

Funciones del SCS

-Gestionar cada una de las prestaciones sanitarias en el aspecto de la promoción y de la protección de la salud, prevención de enfermedades, asistencia sanitaria y de la rehabilitación que corresponde en el territorio de Canarias, que es una Comunidad Autónoma.

-Administrar, gestionar y llevar el control y la inspección de cada una de las instituciones, centros y de todos aquellos servicios sanitarios que estén bajo la total dependencia de éstos, orgánica y funcionalmente.

-Gestionar los recursos financieros, materiales y humanos que se le concedan para el hacer de las funciones arriba comentadas.

-Adoptar las medidas preventivas de protección de la salud, cuando en dado caso exista o de alguna forma se sospeche razonablemente la existencia de algún riesgo inminente y extraordinario para la salud.

-La ejecución, y coordinación de los programas de docencia e investigación.

Estructura y organización

El servicio Canario de la Salud está estructurado de manera territorial, en pocas demarcaciones que han sido denominadas específicamente Áreas de Salud, las cuales son una por cada isla del Archipiélago.

Las Áreas de Salud, son aquellos órganos desconcentrados del Servicio Canario de la Salud encargado por medio de sus órganos de gobierno, de así asumir la responsabilidad de la financiación de las actuaciones sanitarias en su ámbito territorial.

Estructura y organización

Su organización se coordina por medio de las siguientes direcciones generales:

-Secretaría General

-Programas Asistenciales

-Recursos Económicos

-Recursos Humanos

-Farmacia

-Salud Pública

Atención primeria de salud

Es aquel nivel primerizo, de acceso de cada ciudadano al Sistema Sanitario Público de Canarias y entre cada uno de sus elementos caracterizados están, el siempre ofrecer una atención completa de salud a través de la asistencia preventiva, la asistencia curativa y la asistencia rehabilitadora.

También integra y agrupa la promoción de la salud, la educación en materia sanitaria y la vigilancia sanitaria del medio ambiente.

Atención primeria de salud

Servicio de atención primaria

Los servicios de la atención primaria en la Comunidad Autónoma de Canaria, están integrados en distritos de atención primaria, los cuales se conocen como las zonas básicas de salud, de las cuales en el año 2006, había un aproximado en total de 106.

En todas esas zonas se encuentran los centros de salud y consultorios, con los cuales se presta la asistencia sanitaria de la atención primaria a todos los ciudadanos. Canaria en sí, cuenta con 104 centros de salud y 149 consultorios. Entre los cuales se destacan el SUC, el cual es el Servicio de Urgencias Canario.

Servicio de atención primaria

Atención especializada de salud

Ésta ofrece a la comunidad los medios técnicos y humanos que son necesarios para el diagnóstico, rehabilitación y tratamientos correctos, que por ningún caso pueden solventarse en el nivel de atención primaria.

Atención especializada de salud

Respecto al concepto que está establecida en la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias se conoce la atención especializada como aquella asistencia sanitaria hospitalaria y extra hospitalaria que es prestada en general por señalización médica del personal de cada equipo de profesionales sanitarios del área de salud, dependiente de la dirección de los responsables médicos hospitalarios que sean competentes en función de la especialidad que posee por finalidad la curación y rehabilitación de cada persona, una vez que vengan procesos que necesiten asistencia de mayor complejidad técnica.

Servicios de atención especializada

Entre las funciones de la atención especializada podemos encontrar:

-Apoyo médico y quirúrgico a la atención primaria de salud por medio de:

-Servicios Hospitalario:

     Hospital Nuestra Señora de los Reyes.

     Hospital General de la Palma.

     Hospital Nuestra Señora de Guadalupe.

     Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria.

     Hospital Universitario de Canarias.

     Hospital del Norte de Tenerife.

     Hospital del Sur de Tenerife.

     Hospital del Norte de Tenerife.

     Hospital del Sur de Tenerife.

     Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín.

     Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno-Infantil.

     Hospital Militar Juan Carlos I.

     Hospital General de Lanzarote Dr. José Molina Orosa.

     Hospital General de Fuerteventura.

-Servicios Extrahospitalarios

     Centros Ambulatorios de Especialidades

-Planificación de la Atención Especializada en el Servicio Canario de la Salud, coordinando las actuaciones de las Gerencias y Direcciones de Áreas.

-Participación en actividades docentes y de investigación.

-Coordinación con atención primaria por medio de los programas específicos, formación continuada y establecimiento de protocolos conjuntos para determinadas patologías o procesos.

El Sistema Nacional de Salud de España

El Sistema Nacional de Salud de España, es aquel ente el cual engloba a las prestaciones y servicios sanitarios del país de España, que según la Ley están bajo la responsabilidad de los poderes públicos.

Este fue creado en el año 1908, y mientras pasó el tiempo fue expandiendo su cobertura, previo pago de cada servicio asistencial, a toda la población española.

El Sistema Nacional de Salud de España..

En el año 1989 se terminó de completar este proceso; desde ese momento la asistencia sanitaria en España es universal, y en el caso de cada español, se financia a través de los impuestos.

En España, al principio de la descentralización que fue promulgado por la Constitución, y luego de la disolución del INSALUD en el año 2002, la principal competencia sanitaria fue transferida a todas y cada una de las comunidades autónomas.

El gobierno central, por lo tanto solamente presta este servicio de manera directa en Ceuta y Melilla y hace labores y tareas de coordinación generales y básicas entre las distintas comunidades.

Misión del Sistema Nacional de Salud de España

Según la Constitución de España y al Estado de Bienestar, el Sistema Nacional de Salud tiene con fin fundamental el asegurar y el hacer posible en materia de sanidad:

La financiación pública.

-La calidad y seguridad de cada una de sus prestaciones.

-La universalidad.

Organismos competenciales de la sanidad española

El ministerio de sanidad, los servicios sociales y los servicios de igualdad son quienes desarrolla la política del Gobierno en materia de salud, de planificación, de asistencia sanitaria y de consumo, de la misma manera como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para de ese modo, asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud.

El ministerio posee su principal sede central en el Paseo del Prado de Madrid, frente al Museo del Prado.

Organismos competenciales de la sanidad española

El Real Decreto 1041/2009 del 29 de junio, ejecuta la distribución orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Política Social de España. A partir de tal tiempo el nuevo y moderno Ministerio obtuvo y asumió las competitividades del extinto Ministerio de Sanidad y Consumo y de la inanimada Secretaría de Estado de Política Social, de Familia y de Atención a la Dependencia y a la Discapacidad.

Médicos SCS

El fin o el objetivo de la regeneración de cada una de las capacidades. es tramitar al reforzamiento del papel del Ministerio de Sanidad y Política Social como herramienta de relación del sistema Nacional de Salud, pasando así a pender de la Secretaría General de Sanidad las competencias en materia de la calidad del Sistema Nacional de Salud por lo cual se adscriben a ella misma, la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud y la Dirección General de Terapias Avanzadas y Trasplantes.

Las competencias sanitarias de las comunidades autónomas

El artículo 42 de la Ley General de Sanidad establece que:

-Las comunidades autónomas tienen que ejercer las competencias que se asumen en sus estatutos y las que el Estado les transfiera, o en dado caso les sea delegado.

-Las disposiciones y acciones públicas orientadas en esta ley que no hayan sido reservadas expresamente al Estado se sabrán imputadas a las comunidades autónomas.

Las competencias sanitarias de las comunidades autónomas

El estado, por medio de los impuestos generales que recauda, financia el total de las prestaciones sanitarias y un porcentaje de las prestaciones farmacéuticas; pero tal presupuesto es dividido entre las diversas  comunidades autónomas, atendiendo a varios criterios de reparto, puesto que son las comunidades las que son responsables de la sanidad en cada territorio respectivo.

En el Consejo Interterritorial del SNS, antes de la deliberación, se acuerda en cada ejercer la cartera de servicios que corresponden al catálogo de cada una de las prestaciones que abarcan el Sistema Nacional de Salud y que a la misma vez, son publicados por medio de un Real Decreto del Ministerio de Sanidad.

Competencias

Todas las comunidades autónomas, en el aspecto de sus competencias, van a poder aprobar sus carteras respectivas de servicios, que van incluyendo la cartera de servicio del Sistema Nacional de Salud.

Competencias sanitarias de las corporaciones locales

El apartado número 42 de la Ley General de Sanidad instala que cada Ayuntamientos, sin detrimento de las competencias del resto de las Administraciones Públicas, van a tener las siguientes responsabilidades de minorías en asuntos que están relacionados con la Sanidad.

España

-Control sanitario del medio ambiente.

-Inspección sanitaria de industrias, actividades y servicios, transportes, ruidos y vibraciones.

-Control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana, especialmente de los centros de alimentación, peluquerías, saunas y centro de higiene personal, hoteles y centros residenciales, escuelas, campamentos turísticos y áreas de actividad físico deportivas y de recreo.

-La misión sanitaria de la repartición y la provisión de los alimentos que perecen, bebidas y demás productos, directa o indirectamente que están relacionados con el uso o el consumo humano, así como los medios de su transporte.

-Control sanitario de los cementerios y policía sanitaria mortuoria.

Organización territorial del Sistema Nacional de Salud

Como una de las consecuencias de la descentralización que se puede denotar en la Constitución española, cada una de las comunidades autónomas ha adquirido las transferencias correctas para de esa manera irse colmando de un Servicio de Salud, que es la organización administrativa y la intervención que agrupa todos los centros, servicios y establecimientos de la misma Comunidad, Diputaciones, Ayuntamientos y cualesquiera otras Administraciones territoriales intracomunitarias.

Organización territorial del Sistema Nacional de Salud España

Dentro de tal descentralización, La Ley 16/2003 del 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud establece al Consejo Interterritorial como un órgano de coordinación y cooperación en el Sistema Nacional de Salud.

En las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla tales servicios que son propios de la atención primaria sanitaria son facilitados por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).

La cobertura de la sanidad española

El progreso de la responsabilidad sanitaria pronosticada en la Constitución española del año 1978 se puede engendrar a partir de la Ley General de Sanidad del año 1986, que en el artículo 3 está señalado que la asistencia sanitaria se expanda a toda la población española, y el Decreto de Universalización del año 1989 que dio volumen en el Sistema Nacional de Salud a todas las personas sin recursos económicos y que carecían de algún tipo de cobertura.

Esto a su vez permitió que el derecho sanitario en el país de España avanzara desde el 77% en el año 1977 hasta el 99,6% en el año 1995, sobre el conjunto de la población española.

La cobertura de la sanidad española

La financiación de la sanidad pública

El artículo número 10 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece que la financiación de la Sanidad Pública en España está bajo la responsabilidad de las corporaciones autónomas de aprobación y el actual sistema de financiación autonómica, sin daño de la existencia de un obligado al pago.

La suficiencia para la financiación de cada una de las asistencias está determinada por los recursos que están asignados a las comunidades autónomas acorde con lo que está establecido en las leyes de financiación autonómica.

La financiación de la sanidad pública

La presta del servicio público de salud con cargo a la entidad gestora o la mutua o empresa que colabore con quien la empresa o el trabajador, en tal caso de trabajadores por cuenta propia que decidan por la cobertura de los riesgos profesionales, hayan concertado la cobertura de las contingencias profesionales.

La entrada de un subsidio en el catálogo de tributos del Sistema Nacional de Salud estará reservada de una memoria económica que tenga la valoración del impacto positivo o negativo que se pueda presumir.

Esta memoria entonces, será elevada al Consejo de Política Fiscal y Financiera para su examen y aprobación si procede.

Solicitud

Establecimientos sanitarios

Centro sanitario

El Real Decreto 1277/2003, del 10 de octubre, por el cual se establecen las bases corrientes sobre documento de centros, servicios y establecimientos sanitarios sintetiza como Centro sanitario al montón organizado de medios técnicos e instalaciones en el que los especialistas capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, efectúan fundamentalmente actividades sanitarias con el fin de optimizar la salud de las personas.

Estos establecimientos pueden estar compuestos por uno o varios servicios sanitarios, que instauran su oferta asistencial.

Consultorio

Se designan consultorios a los centros sanitarios que, sin tener la circunspección de Centros de Salud, facilitan la atención sanitaria no especializada en el aspecto de la atención primaria de salud.

Se encierran bajo esta designación, a los consultorios rurales, consultorios locales, consultorios periféricos, o cualquier otra calificación que haga indicación a centros asistenciales o que estén relacionados funcionalmente con un centro de salud.

Establecimientos sanitarios

Respecto, el catálogo nacional de hospitales 2008, en todo el Estado existían en el año 2007, un total de 10.178 consultorios locales a los cuales se desplazan los profesionales del centro de salud de la zona, con el objetivo de hacer un acercamiento de los servicios básicos a los ciudadanos que residen en núcleos dispersos dentro del medio rural que presenta un elevado índice de envejecimiento.

Centro de salud

El centro de salud que existe dominante en España es la repartición física que provee el progreso de una atención primaria de salud moderada globalmente, integral, permanente y continuada. Es el escenario de trabajo de los profesionales sanitarios y no sanitarios, en donde extienden sus actividades y funciones los equipos de atención primaria.

Centro de salud SCS

En los centros de salud, se es aplicada la atención primaria de salud. Es el módulo asistencial en la que los médicos de familia y los pediatras proveen un servicio de prevención y promoción de la salud, diagnóstico o tratamiento básicos en moderación ambulatoria, con la ayuda de enfermeros y profesionales no sanitarios.

Según el Catálogo Nacional de Hospitales 2008, en cualquier parte del territorio nacional existían en el año 2007, un aproximado de 2.913 centros de salud.

Centros especializados

Son aquellos focos sanitarios en donde diversos profesionales sanitarios efectúan sus pertinentes actividades sanitarias atendiendo a pacientes con ciertas patologías o de un explícito grupo de edad o con características comunes. En este conjunto pueden considerarse:

Las clínicas dentales: en donde se realizan actividades sanitarias en el área de la salud bucodental.

Centro de reproducción humana asistida: donde ciertos equipos biomédicos realizan técnicas de reproducción que son asistida o sus ramas.

Centros de interrupción voluntaria del embarazo: en donde se realiza la práctica del aborto en los supuestos legalmente permitidos.

Centros especializados

Centro de cirugía mayor ambulatoria: están ofrecidos a la atención de métodos subsidiarios de cirugía ejecutada con anestesia general, local, regional o sedación, los cuales demandan cuidados postoperatorios de corta duración, por lo cual no se precisan ingresos hospitalarios.

Centros de diálisis: en donde se hacen todo tipo de tratamiento con diálisis a pacientes afectados de patología renal.

Centro de diagnóstico: son aquellos dedicados a la prestación de servicios diagnósticos, analíticos o por imagen.

-Centros móviles de asistencia sanitaria: aquellos que reubican medios personales y técnicos con el propósito de hacer actividades sanitarias.

-Centros de transfusión: en los que se verifican cualquiera de las actividades relacionadas con la estirpe y la verificación de la sangre humana o sus componentes, y de su tratamiento, almacenamiento y distribución.

Centros SCS

Bancos de tejidos: son aquellos que se encargan de conservar y garantizar la calidad de los tejidos, luego de su obtención y hasta su utilización como aloinjertos o autoinjertos.

Centros de reconocimiento médico: Donde se perpetran las revisiones médicas e informes de aptitud a los aspirantes o titulares de permisos o licencias.

Centros de salud mental: son aquellos en los que se realiza el diagnóstico y el tratamiento en régimen ambulatorio de las enfermedades mentales.

Establecimientos especializados sanitarios

Se designan establecimientos especializados sanitarios a todos aquellos centros que son exclusivos en donde se les proveen a los pacientes toda una serie de servicios para la mejora de su salud desde medicamentos hasta prótesis muy sofisticadas y complejas.

Tales establecimientos están en agregado con especialidades y al frente de los mismos tiene que existir personal técnico que esté correctamente acreditado. Entre los establecimientos se pueden destacar los siguientes:

Establecimientos especializados sanitarios

Oficinas de farmacia: Son aquellas entidades sanitarias privadas de interés público, que están subyugados a la planificación sanitaria que establezcan las comunidades autónomas, en donde se tiene que facilitar a la población los servicios básicos acopiados en el artículo número 1 de la Ley 16/1997 del 25 de abril de regulación de los servicios de las oficinas de farmacia.

Botiquines: son aquellas zonas autorizadas para la posesión, subsistencia y la exención de medicamentos y productos sanitarios, por la coexistencia de problemas específicos de acceso a una oficina de farmacia.

Ópticas: son aquellos términos en donde se ejecutan diligencias de justiprecio de las capacidades visuales por medio de métodos optométricas; tallado, venta, verificación y control de los medios adecuados para prevención, detección, protección, y la mejora de las agudeza visual.

Lentes

Ortopedias: son aquellas en donde, se cumple la exención de productos sanitarios de ortopedia como prótesis u ortesis, así como auxilios técnicos que son consignadas a paliar la merma de autonomía o funcionalidad o capacidad física de los usuarios.

-Centros de audioprótesis: donde, se realiza la exención con el ajuste individualizada al paciente, de productos sanitarios que estén encaminados a la corrección de faltas auditivas.

Hospital

Es aquella entidad sanitaria que se usa tanto para la reclusión clínica de un paciente como de la ayuda especializada y complementaria que demanda dentro de su zona de influencia.

Un hospital puede estar compuesto por un único centro hospitalario o en su defecto por dos o más que se constituyen y agrupan en el complejo hospitalario, de hecho que estén distantes entre ellos y lo integren además uno o diversos centros de especialidades.

Un concepto que es parecido a hospital es el de la clínica que en España, son designados así a los centros sanitarios, que corrientemente es de naturaleza privada, en donde los pacientes consiguen cobertura sanitaria de un extenso número de especialidades.

España

Cada una de estas instalaciones pueden en su totalidad, disponer de quirófanos de última generación, en donde se ejecuten intervenciones mínimamente invasivas, y zonas de hospitalización, en donde cada uno de los pacientes puedan recobrarse de cualquier tratamiento que se les realice o de alguna intervención con internamiento hospitalario.

En las ciudades grandes, existen numerosas clínicas, puesto que son normalmente las instalaciones que usan los funcionarios en donde su asistencia sanitaria es cubierta por sociedades médicas tipo ASISA, ADESLAS, etc.

La Ley 14/1986 General de Sanidad establece que el nivel de asistencia especializada, a hacerse en los hospitales y en los centros de especialidades son dependientes de manera funcional de aquellos que prestan la atención de un nivel alto de complejidad a los problemas de salud.

Hospital

Los espacios o centros hospitalarios ejecutan, además de las tareas que son rigurosamente asistenciales, puestos relacionadas con la promoción de salud, prevención de las enfermedades e investigación y docencia, según con los programas de cada área de salud, con objeto de integrar sus actividades con las elaboradas por la red de atención primaria.

Camas Instaladas

Son calificadas camas instaladas, a todas aquellas que constituyen a la dotación permanente del hospital y que a su vez están en la disposición de ser utilizadas, aunque algunas de ellas puedan por distintas razones, no estar en servicio en esa fecha.

Finalidad asistencial

Por finalidad del centro se puede entender aquella actividad asistencial a la que dedique la mayor parte de sus recursos, tanto humanos como de equipamiento. Atendiendo a su finalidad asistencial, son clasificados en:

General, quirúrgico, maternal, infantil, materno-infantil, Psiquiátrico, Enfermedades del tórax, Oncológico, Oftálmico, Traumatológico y rehabilitación, rehabilitación psico-física, Médico-quirúrgico, geriatría y larga estancia, otros monográficos, leprológicos o dermatológicos.

Finalidad asistencial

Se considera como hospital general, a aquel que sea destinado a la atención rigurosa de los pacientes con efectos de patologías variadas y que atienden las áreas de medicina, cirugía, obstétrica y ginecología y pediatría aunque puede faltar alguna de ellas.

Conciertos sanitarios

Los conciertos sanitarios son todos aquellos que están suscritos entre la administración sanitaria y las entidades privadas titulares de centros y servicios sanitarios.

Estos son estrictamente regulados por lo que está dispuesto en la Ley General de Sanidad, siéndoles de aplicación lo anticipado en la norma vigente de contratación administrativa.

Conciertos sanitarios

Existen algunos casos particulares en donde la correlación entre el hospital y la entidad gestora se administra por convenio de vinculación o por convenio singular.

En tal caso de Cataluña también se ven manifestados en tal apartado los centros integrados en la red de hospitales de utilización pública, las cuales están descritos en el anexo del decreto 124/2008 del departamento de salud de la Generalitat de Catalunya.

Dependencia patrimonial

La dependencia patrimonial se refiere a la persona física o jurídica propietaria, al menos del inmueble que está ocupado por el centro sanitario.

Los hospitales que aparecen bajo la dependencia de Seguridad Social son pertenecientes a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Existe entonces un equipo o conjunto especial para las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social, más aún cuando en la mayor parte de los casos ha sido acabado su adscripción a la tesorería general de la seguridad social.

Del mismo modo, hay ciertos casos en donde la propiedad está compartida por varios organismos públicos, como es el caso de ciertos complejos y consorcios, en donde aparecen como entidades públicas.

Dependencia patrimonial

Catálogo de prestaciones

El artículo número 7 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud que posee por objeto o fin de garantizar las situaciones básicas y comunes para una atención completa, extendida y en el nivel correcto de atención.

Se consideran prestaciones de atención sanitaria los servicios preventivos diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos.

Catálogo de prestaciones

De esta forma te estás cerciorando, de que en España específicamente en Canarias puedes encontrar un buen y extenso servicio médico del cual puede hacer uso si habitan en tal comunidad autónoma.

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